Un procedimiento de Policía Caminera culminó con la condena de un hombre de 43 años, luego de un episodio registrado en la Ruta 11, dentro de jurisdicción de la Seccional 1 de Canelones.

La intervención se originó días atrás, cuando varios conductores alertaron sobre un automóvil Chevrolet Corsa que circulaba de forma irregular, realizando maniobras riesgosas en las inmediaciones de la rotonda con la Ruta 64. Al arribar al lugar, los efectivos ubicaron el vehículo a la altura del kilómetro 101,500 y procedieron a su detención.

Al identificar al conductor, M.E.M.D., constataron que no contaba con licencia de conducir y que presentaba signos evidentes de haber ingerido alcohol. La prueba de espirometría confirmó la situación, registrando un resultado de 2,14 gramos de alcohol por litro de sangre.

Mientras se desarrollaban las actuaciones administrativas, el hombre intentó ofrecer dinero a los funcionarios para evitar consecuencias. La maniobra quedó registrada en las cámaras corporales de los policías.

En forma sorpresiva, el conductor puso en marcha el vehículo e intentó retirarse del lugar. En esa acción, uno de los efectivos se sujetó de la puerta con la intención de detenerlo, pero fue arrastrado durante unos 300 metros, en momentos en que el automóvil avanzaba a velocidad y en contramano.

La fuga se extendió por pocos minutos, ya que otros móviles lograron interceptarlo y bloquearle el paso. Al momento de la detención, el individuo ofreció resistencia.

Como saldo del operativo, dos funcionarios resultaron lesionados. Uno de ellos presentó traumatismos en miembro superior e inferior, mientras que el otro sufrió traumatismo en mano derecha, según el parte médico.

De acuerdo a la información judicial, el ahora condenado contaba con cuatro antecedentes por conducir bajo efectos del alcohol, registrados en 2020, 2022 y 2023.

El Juzgado Letrado de 4º Turno de Canelones lo condenó por ser "autor penalmente responsable de un delito de desacato especialmente agravado, un delito de soborno especialmente agravado y un delito de lesiones personales especialmente agravado, todos en reiteración real", imponiéndole una pena de 12 meses de prisión efectiva.

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