Desde el 1.º de noviembre de 2026 y hasta el 30 de abril de 2027 rige la prohibición de realizar fuegos y quemas al aire libre en todo el territorio nacional, establecida por el Decreto N.º 245/025, durante el período de mayor riesgo de incendios forestales y de campo.

La normativa permite cocinar en parrilleros y churrasqueras acondicionados, así como en fogones en predios privados, siempre que se realicen en un área circular de al menos cinco metros de diámetro, limpia y con un borde protector de piedras, arena o tierra. En todos los casos, el fuego debe permanecer vigilado y contar con medios para apagarlo.

Según informó el Sistema Nacional de Emergencias (SINAE), también están exceptuadas las quemas sanitarias, las realizadas por Bomberos con fines de capacitación y los fuegos técnicos utilizados para combatir incendios forestales.

Durante la temporada 2025-2026, Bomberos realizó 1.990 intervenciones por incendios, que afectaron 8.585 hectáreas. Más del 90% de estos siniestros fueron provocados por las personas, principalmente por descuidos e imprudencias.

El incumplimiento de la normativa puede derivar en multas y responsabilidades administrativas o penales.

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